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jueves, 9 de mayo de 2013

Acuerdos del comité primera andaluza grupo Iº

Entre los acuerdos del comité de competición. Destacar para los intereses isleños, la suspensión por 1 partido y multa de 18 € al entrenador MANUEL J. LIMÓN RODRÍGUEZ (Isla Cristina) por menospreciar la autoridad del árbitro, (Art. 36.1 y 70.2).

En cuanto a los incidentes protagonizados durante el encuentro entre la Palma y el Xerez CD. El comité da el parido por finalizado con el resultado existente en el momento de la suspensión que era el siguiente: La Palma (1) Xerez (0).

Acuerdos Partido la Palma Xerez.

Suspender por 1 partido y multa de 18 € al entrenador MANUEL J. LIMÓN RODRÍGUEZ (Isla Cristina) por menospreciar la autoridad del árbitro, (Art. 36.1 y 70.2)

Suspender por 1 partido y multa 9 € al jugador ISRAEL DURÁN DEL VALLE (Jerez Ind.) por producirse violentamente con un jugador contrario, (Art. 39.3.1 y 70.2)
Suspender por 1 partido y multa de 9 € al jugador JUAN R. GARCÍA CARRASCO (Jerez Ind.) por menospreciar la autoridad del árbitro, (Art. 36.1 y 70.2)

Vistos los incidentes reflejados por el árbitro del partido Jerez Industrial CF. / CD. Canela, a la finalización del mismo, así como el escrito de alegaciones y prueba videográfica aportada por el club local, éste Comité de Competición y Disciplina Deportiva acuerda:

1º.-) Abrir expediente.
2º.-) Dar traslado del escrito de alegaciones remitidas por el Jerez Ind. CF. al colegiado D. Miguel Ramón Sánchez Lara, para que en relación con el contendido de las mismas alegue lo que a su derecho convenga debiéndolas presentar ante este Comité, no más tarde del próximo miércoles día 15 de mayo de 2013.

3º.-) Citar al colegiado arriba indicado a comparecer ante éste Comité Territorial de Competición el próximo miércoles día 15 de mayo de 2013, a las 17,15 horas.

PARTIDO LA PALMA C.F. / XEREZ C.D.

Visto que el partido de referencia fue suspendido por el arbitro del mismo en el minuto 68, por quedar el Xerez C.D. con menos de siete jugadores y a la vista del contenido del acta arbitral, informe del delegado federativo, alegaciones remitidas por ambos clubs y pruebas remitidas por los mismos, éste Comité Territorial de Competición y Disciplina Deportiva, resuelve:

Inhabilitar por 7 días y multa de 18 € al delegado MIGUEL SÁNCHEZ QUESADA (La Palma) por menospreciar la autoridad del árbitro, (Art. 44.1 y 70.2)
Suspender por 1 partido y multa de 18 € al entrenador FRANCISCO DE ASÍS PEÑA SEVILLA (Xerez) por ofender a un jugador contrario, (Art. 41.1 y 70.2)
Suspender por 2 partidos y multa de 18 € al jugador ÁNGEL GUTIÉRREZ PICHARDO (La Palma) por actitud violenta hacía un contrario, sin llegar a constituir agresión, (Art. 39.2 y 70.2)
Suspender por 2 partidos y multa de 18 € al jugador ENRIQUE LOBATO BELLIDO (Xerez) por actitud violenta hacía un contrario, sin llegar a constituir agresión, (Art. 39.2 y 70.2)
Suspender por 2 partidos y multa de 18 € al jugador JUAN M. REYES PERDIGUERO (Xerez) por actitud violenta hacía un contrario, sin llegar a constituir agresión, (Art. 39.2 y 70.2)
Suspender por 1 partido y multa de 9 € al jugador JOSÉ M. PICHARDO SÁNCHEZ (La Palma) por insultar a un jugador contrario, (Art. 41.1 en relación con el 76 y 70.2)
Suspender por 6 partidos y multa de 64 € al jugador ONESINE STEPHANE EMANA (Xerez); 2 por actitud violenta hacía un jugador contrario, sin llegar a constituir agresión, (Art. 39.2 y 70.2) y 4 por agredir a un jugador contrario, una vez expulsado, (Art. 39.1.a y 70.2), advirtiendo al club que la misma computa como primera ocasión a los efectos del artículo 76 del Régimen de Justicia Deportiva de la RFAF.
Suspender por 3 partidos y multa de 27 € al jugador FRANCISCO JAVIER ZAFRA DE LOS SANTOS (Xerez) por insultar a un árbitro asistente, en el túnel de vestuarios, (Art. 36.3 y 70.2)
Multar con 150 € al CD. XEREZ, por incidentes muy graves de público, durante todo el encuentro, (lanzamiento de bengalas, invasión de campo, agresiones a jugadores contrarios, etc.), advirtiendo al club que la misma computa como segunda ocasión a los efectos del artículo 76 del Régimen de Justicia Deportiva de la RFAF.

Dar por finalizado el partido que fue suspendido por el árbitro del mismo en el minuto 68 al quedar el Xerez C.D. con menos de siete jugadores, con el resultado técnico existente en el momento de la suspensión que era elNsiguiente: La Palma (1) / Xerez C.D. (0), (Art. 11.3)

Contra estos acuerdos, podrán interponer recurso ante el Comité Territorial de Apelación, en el plazo de 5 días hábiles a contar desde su notificación, previo depósito de 40 euros.

Sevilla, 8 de mayo de 2013
COMITÉ TERRITORIAL DE COMPETICIÓN Y DISCIPLINA DEPORTIVA

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